He encontrado una aplicación para evitar estos requerimientos y multas de hacienda, donde nos avisa con anticipación si están próximos a llegarnos estos requerimientos, en unas líneas más abajo se muestra el procedimiento.
* * * *
En mi opinión son muchos los impuestos que se pagan en México y es mucho más lío estar al corriente con Hacienda.
Porque parece que cada vez se hace más difícil cumplir con las declaraciones que piden.
Siempre nos dan el mismo cuento que se simplifican, pero ¿esa simplificación, para quien es? yo he llegado a la conclusión que a los únicos que se les simplifica el trabajo es a ellos, a los de Hacienda. ¡Y si no! antes te pedían solo los importes a favor o a pagar de cada unos los impuestos, la declaración anual que debía de coincidir con los pagos provisionales y la declaraciones de clientes y proveedores.
Esto a grandes rasgos y estando en un régimen muy común.
Pero ahora en el 2008 aumentaron impuestos y declaraciones informativas. Todas las declaraciones informativas las debería de sacar sus sistemas multimillonarios y los empleados que laboran ahí!… Pero no, ahora también tenemos que proporcionar esa información.
No conformes con esto, las multas en algunas declaraciones superan en muchos contribuyentes sus ingresos, poniendo en riesgo la continuidad del contribuyente o sociedad. Uno pensaría que para evitar esto siempre hay que estar al corriente.
Pero entonces entramos en otro dilema: ¿Las herramientas que nos proporciona Hacienda ayudan para estar al corriente?
Respuesta: NO. Los sistemas que proporcionan para presentar dichas declaraciones están hechos al aventón, para cumplir con el tiempo estipulado, pero a la hora de usarlos son una verdadera porquería, las sumas no coinciden, los archivos que se generan para estos ser enviados hay que tener mucho cuidado en la hora que le da uno generarlos, porque el sistema se basa en el tiempo para asignarles el nombre y cuando más de uno coincide en el mismo minuto este se sobrescribe y uno los manda como si fueran dos meses diferentes cuando lo que uno envío es dos veces el mismo mes, y aguas porque esto también es sancionado. Sacan parches y parches, actualizaciones y actualizaciones, para que al siguiente año se repita la misma historia.
Y sin contar los problemas que dan al instalarlos en diferentes sistemas operativos o en navegadores diferentes o simplemente en versiones de JAVA.
Volviendo al título de mi post, he encontrado en el sitio de www.sat.gob.mx una aplicación para saber antes de que nos lleguen los requerimientos a nuestro domicilio si Hacienda ya los expidió.
Paso simplificado:
1. Ingresar a la siguiente liga: https://www.consulta.sat.gob.mx/rym/
2. Aceptar el certificado
3. Presionar entrar
4. Proporcionar el RFC y la clave CIEC
Listo, aquí estará el listado de requerimientos aproximadamente unos 20 a 30 días antes de que le lleguen a su domicilio. Teniendo tiempo suficiente para presentar las declaraciones próximas a ser requeridas.
Es muy general la información que se presenta. Por ejemplo: para las declaraciones informativas, solo especifica que es declaración informativa mensual, no nos indica el mes pero si que es una mensual, aquí entrarían la declaración del DIOT, Listado de Conceptos del IETU, creo yo.
Otro concepto que maneja es el de Declaración Mensual Provisional, aquí pueden ser los pagos mensuales del IETU, ISR e IVA.
Paso Largo:
1. Ingresar al sitio www.sat.gob.mx
2. Dar clic en Oficina Virtual
3. Seleccionar si es Persona Moral o Persona Física
4. Dar clic en Consultas de requerimientos y multas por incumplimiento de obligaciones.
5. Dar clic en Aplicación para consulta de requerimientos y multas por incumplimiento de obligaciones.
6.Aceptar el certificado que se muestra.
7. Presionar Entrar
8. Ingresar el RFC y clave CIEC
Suerte!!
Aguas con la declaración de DIOT, es una declaración absurda que la multa sale muy cara, de $ 7,961 a $ 15,000 y en los requerimientos estan viniendo de 3 meses o más, esto quiere decir que en un solo requerimiento la multa sería mínimo de 24,000 pesos.
TIENES TODA LA RAZON EN TU COMENTARIO, PERO DEBERIAMOS DE HACER ALGO, PUEOMO DICES PRACTICAMENTE TODOS LOS CONTADORES TRABAJAMOS PAR HACIENDA CON EL SUELDO MISERABLE DE LOS DESPACHOS , LOS PROTRONES DEBERIAN DE JUNTARSE PARA ECHAR ABAJO TODO ESTO
podria informarme en que oficina de guadalajara puedo hacer el custionamiento de un tramite que realizo un amigo mio referente a la devoluciòn de impuestos su nombre Sànchez Pavia Israel Alfredo presento este tramite el 30 de marzo 2007 con un lic. que vive en irapuato que es el que se hace cargo de su caso pero no hemos tenido noticias el segundo tramite se realzio el 15 de junio 2007 deseo saber si esta realizado o se tiene que realizar de nuevo el agradesco su atenciòn prestada para esta presente quedo a sus ordenes el el mail adjunto gracias atte Jonathan Vladimir Nicoleyo Mc Brided Wolf
es muy infoma<tiva su pagina gracias.
¿En el caso de una fusion de sociedades el no presentar a tiempo el formato RX genera multa? Cuando las empresas fusionadas declaran todo en ceros por no tener ya la actividad puesto que lo esta haciendo la fusinante me generara alguna sancion el hecho de estar declarando en ceros por lo ya antes mencionado por que se dejo de presentar la RX 4 meses despues.
Estoy muy deacuerdo con tus comentarios del abuso de autoridad, recibi una multa Del Diot de 3 meses (suma 24mil)pero te hacen el favor de hacerte un descuento, no tengo para pagar. Estoy practicamente en quiebra con lo poco que estoy recibiendo ni contador puedo pagar, ya entiendo a que le llaman «Terrorismo Fiscal» porque nada más de pensar me da terror. Saludos
para Wilfredo
no te preocupes porla multa de Diot es solo una muestra y no procede fijate en los datos y estan incorrectos, pero eso si de que austan con sus cosas asustan, pero sabes què nosotros tenemos la culpa porque lo seguimos permitiendo
hasta lueguito
Hola estoy en el mismo caso recibi 3 requerimientos de la Diot y estoy en buro de Credito que es lo peor, Como se le puede hacer para no pagar esta multa que ya es de 8,885xm multas son $26,655, el pago en parcialidades no lo aceptan, debido a que no se pagan contribuciones o accesorios Art 66 y 66 a CFF, y al momento no hay ninguna facilidad.Y me urgue k me quiten del buro de credito.
Saludos y gracias por su ayuda.
Yanina, te recomiendo te asesores con un buen contador o abogado para ver eso de tu multa del Diot, si mal no recuerdo hay un principio de proporcionalidad fiscal o algo asi para las multas que mas o menos nos dice que las multas van de acuerdo al daño que se le hace al fisco. Pero como las declaracion del DIOT son informativas no se le causa daño al fisco de hay te puedes agarrar. Espero te sea de utilidad el consejo.
Todo lo que se dice de la plataforma fiscal del SAT es cierto, es una verdadera porquería, a mi me parece que es un sistema amañado para que se tengan problemas en el envío de diversas declaraciones llamense en ceros o informativas y al tener esos problemas y no cumplir con las disposiciones fiscales, pues vienen las multas, por ejemplo yo no he podido instalar en mi laptop lo del DIOT, siempre me manda un mensaje que dice EL SERVIDOR FTP 215 XXXXXXXXXXX no está soportado actualmente y algo similar me ocurre si quiero enviar una declaración en ceros he realizado N intentos y no logro enviarla.
hola,muy cierto , los del sat estan enviando requerimientos y multas a diestra y siniestra, uno no puede ni dormir ,por las multas tal altas, cuando ni ellos mismo al pedir asesoria saben como hacerlo, si no mal recuerdo en 2008 para enviar una dec. te llegaba el acuse de recibo hasta casi un mes despues y uno no sabia si fue aceptada o no, y despues que tal llegan las multas, todos deberiamos de unirnos y hechar abajo esas multas, las situacion economica por la que atravezamos esta tan dificil , que muchos estan optando por cerrar negocios, por que se pagan tantos impuesto y luego mal informados a donde vamos a llegar
Yo estoy en la misma condición que Wilfredo, ni puede pegar el ojo.
Pero creo que no procede.
Martha mi requerimiento si procedio, consulte con un Lic. Fiscalista y me sugirio Tumbar ese requerimiento que dio paso a las multas, habia una probabilidad del 70% de ganar pero me arriesgaba a si perdia, pagaria el anticipo del Lic. mas los recargos de la multa, como ya traia el tiempo encima de plazo de pagar..Fui a Hacienda y hable con un supervisor para pedir prorroga para pagar a más plazo y pura madre que me dieron, solo me dieron las tres multas ya con sus descuentos. En fin decidi terminar con esto y no vinieran a mi domicilio a molestar, saque de la TDC los 12,000 y pague. Me hubiese gustado pelear en un principio antes de que me entregaran las 3 multas, me quedo con la espina de este mendigo abuso.
Sophie No se en que etapa vas? Lo primero que te notifican es un requerimiento de que no has declarado tales meses el DIOT pero para entonces ya aparece en el sitio del SAT en Consulta y requerimientos del SAT tu situacion, si acaso aparecen ENTOCES si preocupate.
A mi lo que mas corage me Da es que ni dijeron «Aguas Ahí VA!!!»
ES PROCEDENTE QUE EN UN SOLO REQUERIMIENTO, SHCP TE PIDA VARIOS MESES.
Son unos desgraciados todos los de hacienda, a mi llegaron el día 9 de noviembre 3 multas de la DIOT cada una por $ 6,759, imaginense el total de $ 20,277.00 k poka, pero sé k no procede pork no se le hace ningún daño al fisco pork son declaraciones infprmativas. voy a solicitar el juicio de nulidad de estas 3 multas ante el juicio federal de justicia fiscal y administrativa. Pidan por mi colegas k será mi primer juicio en la vida. mi correso es: yeshua_yeshua27@hotmai.com
Una forma de unirnos es ante el órgano interno de control que depende de la secretaria de la función pública, que tienen buzones físicos en las oficinas de recaudación, o bien en la página http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/6_1360.html, pues si un servidor público no los atiende como es debido, se le puede denunciar por neglicencia o por los sistemas que generan errores, si ustedes lo notifican al SAT y obviamente nunca hay respuestas, porque finalmente un grupo de personas lo desarrolló y se le pagó con nuestros impuestos, así que lo que se denuncia es el mal funcionamiento y la neglicencia para que uno pueda cumplir en «tiempo y forma», pero hay que hacerlo antes, para que no parezca una salida después de un requerimiento o multa.
quisiera ver si alguien me puede orintar yo puse un pequeno taller de serigrafia en 1999 pero no me funciono muy bien total que facture como unas 10 o 15 veses y ya no pude seguir por problemas economicos y de salud mi error es que nunca declare a hacienda y me tube que venir para u.s.a. estoy a punto de regresar a mexico y quisiera saber que es lo que debo de hacer para ponerme al corriente antes de regresar de antemano gracias
Si alguien tiene problemas con multas por la no atención de algún requerimiento.. envienme mensaje y yo los contacto con un exelente fiscalista.. (Seguro en un 90%)..
La mayoria de las multas son peleables y se ganan…
Las multas son suceptibles a condonarse, pero de ahí, a que la autoridad autorice una condonación por DIOT es como pedir un milagro ya que en ela mayoria de los casos la autoridad rechaza las solicitudes de condonación por ser «IMPROCEDENTES».
Y solo quedan 2 opciones:
1) Pagar y tal vez pedir el descuento respectivo…
2) Impugnar vía «Recurso de revocación» y/o «Juicio Contencioso Administrativo», pero para llegar a este paso se necesita la ayuda de un abogado fiscalista, pues el propio contribuyente NO tiene las herramientas en defsan fiscal, para demostrar la ilegalidad de los actos…
Si deseas impugnar tus multas…
Contactame: ase_fiscal_contable@hotmail.com
Suerte y Saludos
Estoy siendo multado por emisión de la declaración mensual de la DIOT, por lo que he investigado en la Internet, es posible anular esta multa, quiero aclarar que desconozco mucho de estos aspectos fiscales, además, soy asalariado (trabajo en pemex en la Refinería Gral Lázaro Cárdenas) con la mejor intención de obtener un ingreso extra, me di de alta para expedir recibos de honorarios, ya que de vez en cuando imparto capacitación, las notificaciones de estas multas me llegaron a finales del 2009, de este periodo no obtuve ganancias extras a mi salario, el monto total por las multas es de $ 51,960.00, sin embargo de algunas cosas que encontré fue la siguiente:
Artículo 146-A.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá cancelar créditos fiscales en las cuentas públicas, por incosteabilidad en el cobro o por insolvencia del deudor o de los responsables solidarios.
Se consideran créditos de cobro incosteable, aquéllos cuyo importe sea inferior o igual al equivalente en moneda nacional a 200 unidades de inversión, aquéllos cuyo importe sea inferior o igual al equivalente en moneda nacional a 20,000 unidades de inversión y cuyo costo de recuperación rebase el 75% del importe del crédito, así como aquéllos cuyo costo de recuperación sea igual o mayor a su importe.
Se consideran insolventes los deudores o los responsables solidarios cuando no tengan bienes embargables para cubrir el crédito o éstos ya se hubieran realizado, cuando no se puedan localizar o cuando hubieran fallecido sin dejar bienes que puedan ser objeto del procedimiento administrativo de ejecución.
Cuando el deudor tenga dos o más créditos a su cargo, todos ellos se sumarán para determinar si se cumplen los requisitos señalados. Los importes a que se refiere el segundo párrafo de este artículo, se determinarán de conformidad con las disposiciones aplicables.
Aclaro que el monto total es por seis multas.
Espero puedan orientarme, ya que no cuento con la cantidad requerida, pues mi actividad extralaboral es esporádica y estoy realizando esfuerzos para formalizarla.
Estimado Enrique Ruiz Atilano,
Lamentablemente en tu situción existen muchas personas que se ven seriamente afectadas por estas multas incosteables. Sin embargo esta sanción proviene de que NO presentaste la DIOT de los meses que te requirieron. Recuerda que una cosa es la obligación de pagar impuestos y otra la obligación de declarar, por lo tanto se tenga o no se tenga ingresos siempre se deben presentar las declaraciones a las que estas obligado, en este caso procede lo siguiente:
1) Presentar todas las declaraciones que NO has presentado con la ayuda de tu clave CIEC (ISR, IETU, IVA, DIOT y listado de IETU).
2)Por los pocos datos que nos das, puedo suponer que te requirieron 3 meses, y te multaron 2 veces por cada mes por lo tanto estamos hablando de un monto mínimo APROXIMADO de $ 50,560 (8410×6).
3) En este caso, tienes 2 opciones, a)pagar las multas y pedir un descuento; o b) Impugnar y presentar los medios de defensa como recurso de revocación y/o Juicio Contencioso Administrarivo, en el caso de optar por la segudna opción forzosamente tendras que acudir con un abogado fiscalista o un contador con experiencia en la materia.
Te deseo mucha suerte y si deseas mayor información contactame en:
AFISCA.- Asesoría Fiscal Contable y Administrativa
C.P. José Alberto Hdz.
ase_fiscal_contable@hotmail.com
asi es, tal y como te lo comentan, necesitaras contratar a un experto en defensa fiscal, si no lo haces, terminaras por pagarle al sat las multas ya sea con dinero o con un embargo de tus bienes… recuerda la frase que dice por ahí:
de la muerte y de hacienda… nadie se escapa
hasta luego
Mira yo tuve un caso similar hace unos meses y por ignorancia tuve que pagar las multas, y me quitaron una moto y una computadora ya que no tenia dinero para pagar, lo malo es que despues me volvieron a multar por que no sabia que tenia que presentar el dichoso diot, asi que un amigo me presento a su contador, y gracias a el no pague las multas, solo su sueldo,q ue si estuvo algo carito el servicio, pero era preferible pagar eso, a pagarle a lolita (hacienda).
HACE UN MES RECIBI UNA CARTA INVITACION QUE ME «INVITABA» A PRESENTAR LA DECLARACION INFORMATIVA RESPECTO A CIERTO MES OK.. LA REALIZE; COMO DICEN ELLOS «EN TIEMPO Y FORMA» PARA EVITAR MOLESTIAS, MULTAS Y RECARGOS» NADA QUE ALAS TRES SEMANAS ME CAYO LA RESPECTIVA MULTA ¡¡ ENTONCES DE QUE SEW TRATA ESTO A VECES PIENSO QUE HACIENDA TE MULTA SOLO POR MULTARTE¡¡¡
Estimado Luis Gerardo, existen muchos casos similares como el tuyo, sin embargo hay que revisar el oficio que recibiste para ver si se trata de:
-Carta Invitación, ó de
-Requerimiento de Obligaciones
Si se trata de un «requerimiento» y presentaste la DIOT despues de haber sido notificado, entonces es procedente la multa. Si la DIOT se hubiese presentado ANTES de que te notifiquen el requerimiento, la multa NO es procedente.
Si se trata de una «carta invitación» entonces NO procede la multa.
En cualquier caso, estas son impuganbles y se puede proceder a la Defensa Fiscal que anteriormente ya comentamos.
Ni que decir, hacienda se encarga de quitarnos el Sueño. Hace unos dias me llego una Invitacion del SAT,donde nos citaban para una entrevista por que habian detectados impuestos omitidos, a la cual asistimos y estando en la entrevista, la pregunta mas importante fue.. el porque la empresa durante el ejercicio 2008 habia pagado mas impuestos que en el 2009. Acaso hacienda no sabe que desde el 2009 y hasta la fecha estamos en crisis economica? por que es una realidad, seguimos en crisis. Y es precisamente Hacienda que se encarga de ostigar a los contribuyentes que cumplen y pagan sus impuestos. Y luego se preguntan por q tanta evasion de Impuestos. Que acaso no es eso a lo que nos obligan?.
mi deuda es de 1,213.03 por culpa de mi contadora que no declaro a tiempo, ahora vinieron a intimidarme con el famoso embargo, el problema es que no tengo nada de mi propiedad que se puedan llevar, que hago no tengo para pagarles.
hola, espero y alguien me ayude me llego una multa porque me hicieron una verificacion de expedicion de comprobantes fiscales y me encontraron que no habia anotado la fecha en una nota de venta y ya me enviaron la multa de 9,656.00 no se si podra cancelar con un recurso de revocacion, les agradeceria mucho
Claro, toda multa puede impugnarse y es peleable, puesto que la autoridad siempre tiene a cometer errores al momento de noficarlas, por lo que con una buena defensa fiscal puede dejar sin efectos dicha multa de 9,656.00.
contacto@afisca.com.mx
Hola C.P. Alberto Hernandez. Tengo problemas con hacienda. Resulta q me llegaron 3 multas de Hacienda x no haber presentado las famosas y aterradoras declaraciones de la DIOT. La cantidad es por 24,000. No tengo el dinero para pagar estoy muy desesperado. Me quieren embargar. X favor asesoreme. Digame q tengo q hacer, como puedo defenderme o como puedo solicitar una condonacion de multas. Q puedo hacer??? X favor ayudenme!!!
Estimado desafortunadamente la unica forma de dejar sin efectos dichas multas es mediante la defensa legal de las mimas, valiendose de los medios de defensa que la misma ley le otorga a los contribuyentes.
Estimado desafortunadamente la unica forma de dejar sin efectos dichas multas es mediante la defensa legal de las mimas, valiendose de los medios de defensa que la misma ley le otorga a los contribuyentes.
Favor de enviar un mail contacto@afisca.com.mx
Es muy triste, es como en la época medieval. El consuelo es que lo merecemos. o, ¿Por quien votaron?
curiosamente ya entre a la página para saber eso de los requerimientos y resulta q me aparecen 4 y dice status cancelado, y por otro lado me acaba de llegar una exhortación para cumplir con obligaciones fiscales de un pago prov de isr de este año, entonces no funciona la página o que?
Yo recibi multas por valor de 30,000 pesos, no tengo dinero para pagarlas, ni bienes como autos o casas, puede hacienda embargar mi domicilio fiscal aun cuando nada ahi sea mio o este a mi nombre?
Contador estoy en suspencion de actividades desde el 2001, y apenas llego al domicilio de mis papas donde antes tenia mi negocio una carta que decia que han detectado actividad al comparar informacion en su sistema (me imagino que con las informativas quiza) y que como saben que estoy en suspencion de actividades que pase a darme de alta y aclarar mi situacion pero cual actividad si ya ellos mismo dijeron que estoy en suspension, yo desde la fecha no trabajo ni he dado recibo de honorarios… Quisiera fuera tan amable en base a su gran experiencia: que opina de esta carta y que me aconseja que haga.
Con fecha 23 de Septiembre de 2010 en mi domicilio fiscal dejaron citatorio.
Previendo que de seguro era un requerimiento revisamos las declaraciones y habian algunas que no se presentaron.
Procedimos a presentarlas el dia 23 de septiembre, en este caso como el negocio todavia no realiza operaciones fueron declaraciones con informacion estadistica, el giro es la venta de alimentos y bebibas alcoholicas,por problemas en el portal del SAT
no se pudieron presentar las declaraciones relativas al IEPS sin embargo el dia 24 de septiembre se presentaron a primeras horas de la mañana. ESe mismo dia a las doce del dia es recibida la notificacion y en efecto eran donde no aparecian presentandas las declaraciones de IEPS.
Se recibio la notificacion y se abrio una aclaracion en la aplicacion de Mi Portal del SAT, haciendo alucion de que se cumplio con la obligacion en tiempo y forma en virtud de que la declaracion se presento antes de que el contribuyente fuere notificado.
Trasncurrieron 15 dias y la respuesta fue la siguiente:
POR MEDIO DEL PRESENTE SE LE INFORMA QUE LOS REQUERIMIENTOS CON NÚMEROS DE CONTROL xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, NOTIFICADOS EL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2010 SON PROCEDENTES, YA QUE LA CONDUCTA
SANCIONABLE ES QUE NO CORRESPONDE A UN ACTO ESPONTANEO, SINO A UNA CONDUCTA QUE DERIVÓ DE LA SOLICITUD
POR PARTE DE LA AUTORIDAD FISCAL, SIN QUE OBJETE QUE AL MOMENTO DE ATENDERSE LA OBLIGACIÓN OMITIDA AÚN NO
HAYA SURTIDO EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 135 DEL CÓDIGO
FISCAL, O SEA, QUE EL PROCEDER DEL CONTRIBUYENTE DA CERTEZA DE QUE CONOCÍA LA IRREGULARIDAD EN QUE INCURRIÓ.
ESTO ES ASÍ YA QUE EL MISMO ARTÍCULO 73 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN ESTABLECE CON CLARIDAD QUE NO SE
CONSIDERA QUE EL CUMPLIMIENTO ES ESPONTANEO CUANDO LA OMISIÓN SEA DESCUBIERTA POR LAS AUTORIDADES
FISCALES, SITUACIÓN QUE ACONTECE EN EL PRESENTE CASO.
POR TODO LO ANTERIOR, SE CONCLUYE QUE NO ES PROCEDENTE LA CANCELACIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS A QUE HACE
REFERENCIA EN SU SOLICITUD DE ACLARACIÓN Y POR ELLO SE HACE ACREEDOR A UNA MULTA QUE POSTERIORMENTE SERÁ
ENVIADA A USTED, POR PRESENTAR LAS DECLARACIONES EXTEMPORÁNEAMENTE.
ASIMISMO SE LE EXHORTA AL CUMPLIMIENTO EN TIEMPO Y FORMA DE SUS OBLIGACIONES FISCALES, PARA NO SER OBJETO DE
SANCIONES POR PARTE DE LA AUTORIDAD FISCAL.
ya no se que hacer y pues en el sat consulte y no aparece ni el requerimiento ni la multa asociada pero no se me hace justo pagar multas sin en dichos meses no percibi ingreso alguno
Cualquier multa, credito, o problemas con SAT O IMSS quedo a sus ordenes para resolverlo impugnadolo con los medios de defensa que tenemos derecho por Ley, ante el mismo SAT o al Tribunal Fiscal. Hagan valer sus derechos como Mexicanos antes de pagar algo que no procede. Estamos en Guadalajara para servirles y podemos ayudar dentro de la republica.
Lic. Sanchez
rhumanos42@hotmail.com
ya hace un año cuando me di de alta(diciembre 2009)quede con un amigo (contador) queme ibaa hacermis declaraciones, solo queria que mandara mis datos por correo y el correspondiente pago, cuando yo mandaba mis datos lo que pasaba era que automaticamente me llegaba un correo de que habia recibido mis datos, cada mes me llegaba uno, nunca medetuve a leerlo por cierto. Resulta que esta persona tuvo un accidente a la semana de pactar el trato y quedo en coma, yo me entero en octubre del 2010 de todo esto, fui personalmente a hablar con su esposa y gracias a que habia guardado todos los bauchers de deposito, quedo de depositarmelo hasta diciembre, fecha que estaba esperando para hacer el pago correspondiente, pero me acaba de llegar la notificacion, eso significa que debo pagar ya recargos o tengo un tiempo extra antes de que tenga que pagar los recargos.
de antemano gracias hoy es 17 de noviembre 2010.
Por lo anterior espero de la manera mas antenta me pueda responder lo antes posible.
mis facturas son por 3480 ya con el iva del 16%,
porcierto el correo dice obligaciones fiscales, se invita a cumplir con sus obligaciones fiscales.
informamos que conforme a los controles establecidos en la base de datos del Servicio de Administración Tributaria* (SAT) se ha detectado que usted no presentó el (los) pago(s) y/o declaración(es) mensual(es) y provisional(es) de los impuestos que se mencionan a continuación:
PERÍODO CONCEPTO
Septiembre 2010 IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA
porque me lega septiembre si nunca he pagado nada.
aver si me pueden ayudar…yo vivo actualmente en estados unidos pero una vecina en mexico me dijo ke unas personas de SHCP me estaban buscando y todo parece indicar que alguien uso mi nombre para registrar su negocio y debe impuestos… ahora bien no se como puedo hacer para saber si esto es asi y de serlo que tengo que hacer espero que me puedan orientar porque estoy preocupada… gracias
me requirieron mi el Diot pero por situaciones extraordinarias se presento despues de vencio el plazo de 15 días, me llego una multa por no haber cumplido con la declaración y posterior a esto una multa por cumplir a requerimiento de la autoridad es valido????
Eduardo Cortes:
1)Las invitaciones por correo llegan de manera automática, pues el sistema del SAT envia dichos correos al no detectar las declaraciones presentadas, por lo tanto puede que te llegue de un mes o impuesto en específico como el mencionado.
2)Con ayuda de la clave CIEC, hay que hacer una revisión el la página del SAT para verificar cuales obligaciones que estan pendientes.
3) Entiendo que jamas se presento declaración alguna pues tu amigo contador entro en coma y no hubo una relación de servicios profesionales, pero tambien entiendo que estuviste pagando sus honorarios, y gracias a que guardaste los bauchers ahora la esposa te reembolsara ese dinero…
4) En ese caso tendras que contratar a otro contador para que realice el cálculo de tus inpuestos correspondientes y determine los Recargos y Actualizaciones por pagar fuera de plazo. Mientras no existan reuqerimientos, NO habra multas, asi que te suguiero actualizar tu situación lo antes posible.
Saludos cordiales.
ase_fiscal_contable@hotmail.com
HOLA MAELI,
Es muy dificil que alguíen ocupe tu nombre para hacer negocio, por lo que supongo que anteriormente estuviste dada de alta en el SAT y JAMAS te diste de baja o en suspención, y por tal motivo ahora el SAT esta requiriendo las obligaciones que no presentaste…
Primero te sugiero verificar que si el algún momento estuviste dada de alta, tengas tu documento a la mano que demuestre el trámite de baja o suspención.
Saludos.
ase_fiscal_contable@hotmail.com
c.p Hernandez, a mi me llego un requerimiento por falta de pago de isr y ietu, pero como mis gastos son casi los mismos que mis ingresos, el calculo me resulta en ceros, ya envie la declaracion informativa de razones por las cuales no se realiza el pago para declarar en ceros el isr, pero me falta enviar la del IETU ya que no se que es lo que se tiene que enviar, fui notificada el 22 de noviembre del presente año, que es lo que puedo hacer? y tendre que pagar las multas? ya que no sabia que tenia que presentar en ceros, lo unico que pago en ventanilla es IVA y estoy dada de alta por servicios profesionales, ah y otra pregunta, ahora que procede con el requerimiento? que es lo que sigue de hacer? a donde tengo que ir a solventar el requerimiento? y por ultimo, entre al link que nos muestra para revisar los requerimientos y me aparecen 4 declaraciones mensuales, en estatus: requerimiento pendiente de solventar y en multa asignada: NO, sera del mismo requerimiento? o me iran a llegar mas????? ayudeme por favorr!! muchas gracias y que tenga un excelente año nuevo
Hola Cecilia,
1) En tu caso debes presentar mínimo 5 declaraciones MENSUALES que son:
A) ISR por Servicios Profesionales(SAT)
B) Impuesto al Valor Agregado Definitivo (IVA)
C) Impuesto Empresarial a la Tasa Única Provisional (IETU)
D) Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT, Acuse de envio y acuse de aceptación)
E) Listado de conceptos del Impuesto Empresarial a Tasa Única, IETU (Declaración, acuse de envio y acuse de aceptación)
No importa si obtuviste o no ingresos, si resulto impuesto a cargo o en ceros, siempre deberás de presentar dichas declaraciones.
Por otro lado hay que verificar de manera visual si te llego un requerimiento ó una simple invitación o exhorto y verificar si ya presentaste las declaraciones que señala el documento.
Si se trata de un requerimiento, en el que te solicitan ciertas declaraciónes tendras que verificar si se presentaron ó no, en caso de no haberse presentado ANTES de recibir el requerimiento, se debe proceder a presentarlas, pero esto trae como consecuencia una SANCIÓN por parte del SAT, pues estarás presentando la declaración a REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD. Aunado a ello, el requerimiento te da un plazo, que por lo general va dentro del plazo de los 15 dias habiles para presentar dicha declaración, si se exece de esos 15 días dias, se hara acredora a una segunda sanción por EXTEMPORANEIDAD.
Por ello es importante verificar las fechas y estar siempre bien asesorado con su contador de cabecera para evitar la posibilidad de ser multado innecesariamente.
Los requerimientos pueden llegar cuando sea, en el momento que la autoridad lo desee, el problema no es recibirlo, el problema es presentar las declaraciones ANTES de recibir un REQUERIMIENTO.
Dejo mi correo por cualquier situación:
ase_fiscal_contable@hotmail.com
Contactame, con gusto asesorare.
buffetedecontadores@yahoo.com.mx
hola, veo que no soy la única que a pasado por la misma situación de multas impuestas por el SAT, la verdad es que deveriamos hacer algoo, con tantos medios de comunicación deveriamos utilizarlos para defender nuestros derechos, la verdad es q yo no c por q nos cobran tantos impuestos si no veo q hagan algo de mas provecho con ese dinero q les caé a manos llenas, o sea con esos impuestos mantenemos a los delincuantes de las carcel, o sea.
siii todos nos unieramos terminariamos con tantas injusticias que, de verdad q el mundo sería aún mas hermoso….
EL PUEBLO CONTRA EL GOBIERNO = LIBERTAD
moniks_ups@hotmail.com